Objetivo: Adquirir el compromiso firme de realizar los trabajos necesarios, con la participación de los grupos políticos y las asociaciones del municipio interesadas, para la presentación de un documento de participación ciudadana al Pleno de la Corporación Municipal, para su debate y aprobación, antes de que termine el actual mandato.

Participar significa compartir, enriquecerse mutuamente, progresar. La presencia de la ciudadanía en los asuntos públicos de su municipio es una condición indispensable para alcanzar la plena gobernabilidad democrática.

El vigente Reglamento de Participación Ciudadana data del 2006. Han transcurrido veinte años. La realidad social, asociativa, demográfica y tecnológica del municipio nada tiene que ver con la de entonces,

Cada vez más, los mecanismos de la democracia representativa se revelan insuficientes para justificar determinadas actuaciones de los poderes públicos, por lo que es necesario complementarlos con la democracia participativa directa, en los términos reconocidos en la Constitución que consagra el derecho de la ciudadanía a participar de manera directa en la gestión de los asuntos públicos.

El actual Reglamento presenta importantes carencias:

  1. No contempla la participación individual, únicamente la asociativa.
  2. No regula la participación telemática, ni el uso de la sede electrónica y las nuevas tecnologías.
  3. No recoge el derecho de audiencia vecinal, de iniciativa popular, de consulta popular local ni el derecho de intervención de vecinos y vecinas en los Plenos.
  4. No desarrolla la organización, competencias y funcionamiento de los Consejos Sectoriales y de Barrio.

Cabe recordar que en el Pleno Ordinario de marzo de 2021, este Ayuntamiento aprobó por unanimidad la proposición presentada por el Grupo Municipal Iniciativa por Aranjuez, consensuada con la Delegación de Participación Ciudadana, cuyo acuerdo literal fue:

“Que el Gobierno Municipal, a través de la Delegación de Participación Ciudadana, cumpla con lo establecido en el art. 18.1b) de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, renovando el actual Reglamento que data del año 2006 (…) Que para llevar a término esta renovación se retome el trabajo realizado hasta la fecha por la Delegación de Participación (…) y se presente para su debate y aprobación, si procede, antes de iniciar el periodo vacacional.”

El inicio de esta proposición, se corresponde con lo que ya se aprobó en marzo de 2021, estando de Concejal Delegado de Participación el actual alcalde Don Miguel Gómez, por lo que consideramos: que sigue estando de acuerdo y, en consecuencia, va a impulsar la necesidad de contar con un referente actualizado como objetivo de la alcaldía.

De igual modo, hemos considerado conveniente, transcurrido este tiempo, que la actual Corporación debata sobre el asunto y se pronuncie al respecto, sobre la necesidad de actualizar documentos que son referentes para la gestión municipal en un Estado Democrático, como es el que nos trae, o como es el Reglamento Orgánico Municipal (ROM), por estar ambos desfasados y no adaptados a la realidad de la gestión del Ayuntamiento de Aranjuez.

El acuerdo de marzo de 2021, transcurridos más de cinco años, sigue sin ejecutarse.

Posteriormente, nuestro Grupo Municipal, trasladó un Ruego escrito en el mismo sentido, igualmente sin resultado.

El artículo 18.1b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, reconoce como derecho y deber de los vecinos y vecinas participar en la gestión municipal de acuerdo con lo dispuesto en las ley. El artículo 24 de la misma Ley establece la obligación de facilitar la más amplia información sobre su actividad y la participación de todos los ciudadanos en la vida local.

El incumplimiento reiterado del acuerdo plenario de 2021 supone un menoscabo al derecho de participación y a la legitimidad democrática de las decisiones municipales, realidad que no puede seguir sin que haya un compromiso firme de tenerlo consensuado antes de que termine el mandato 23/27.

Por todo lo expuesto, se eleva a Pleno para su debate y aprobación si procede, lo siguiente:

PRIMERO: instar al Gobierno Municipal a iniciar de forma inmediata los trabajos para la renovación integral del Reglamento de Participación Ciudadana. Adaptándolo a la Constitución, a la Ley 7/1985. a la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común y a la realidad social y tecnológica actual.

SEGUNDO: Que se retome el trabajo técnico ya realizado por la Delegación de Participación Ciudadana hasta la fecha y se constituya, en un plazo de 15 días desde la aprobación de la presente proposición, una Comisión de Trabajo para la redacción del nuevo texto. Dicha Comisión estará integrada por la concejalía delegada de Participación Ciudadana, un representante de cada Grupo Municipal, representantes de las Asociaciones de Vecinos y del tejido asociativo local, y personal técnico municipal.

TERCERO: Que el futuro Reglamento regule, al menos, los siguientes contenidos: derecho a la información y a la audiencia, derecho de petición, de propuesta y de iniciativa ciudadana, derecho de consulta popular, derecho intervención en Plenos Municipales y órganos complementarios, régimen de participación individual y colectiva, uso de medios telemáticos, y la creación de competencias de los Consejos Sectoriales y Consejos de Barrio con funciones de informe y propuesta.

CUARTO: Dar traslado del presente acuerdo a todas las áreas de participación sectorial para su adaptación al nuevo marco normativo una vez aprobado.

QUINTO: De forma paralela, elaborar una propuesta de modificación del Reglamento Orgánico Municipal, que se adapte a la realidad organizativa y a la modernización del Ayuntamiento.

En Aranjuez, 21 de septiembre de 2026             Proposición GM CpA pleno ordinario SEPTIEMBRE

por CPA

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