OBJETIVO: Valorar la revisión de las ordenanzas fiscales, especialmente el Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, con el objetivo de rebajar el mismo en la misma cantidad o cercana, que atenúe la presión fiscal que supone el cobro de la Tasa de Basura. Que ante la dificultad de una aplicación inmediata de esta revisión, que los ingresos obtenidos supongan prestaciones perceptibles, por los vecinos y vecinas, acordes al esfuerzo fiscal que realizan.
La FEMP, inspectores de hacienda local y asociaciones de consumidores, como FACUA, han anunciado y están llevando a cabo reclamaciones sobre la Tasa de Basura. El argumento principal, que nuestro grupo comparte, es el establecido sobre el principio de AUTONOMÍA LOCAL, en contraposición al concepto tributario de una Ordenanza Fiscal Municipal como es el de una Tasa y el carácter obligatorio de su implantación. De igual modo, los conceptos referenciales para establecer las cuotas fijas y variables están siendo cuestionados desde la interpretación jurídica, por la disparidad y falta de criterios comunes para todos los Ayuntamientos, lo que está generando desigualdades entre vecinos de un mismo municipio y entre distintos municipios.
El hecho de aprobar una Tasa, de carácter obligatorio, sin haber establecido previamente protocolos o acciones que incentiven la reducción de residuos, solo puede interpretarse como decisiones de carácter estrictamente recaudatorio, lo que puede convertirse en un problema para todos aquellos ayuntamientos que no lo hayan tenido en cuenta.
La judicialización, inevitable por el alcance de esta medida en el conjunto de los Ayuntamientos obligados a implantarla, puede convertirse en un gran problema para los presupuestos municipales, ya que una sentencia firme que anule la obligatoriedad, los procedimientos y la desigualdad de criterios, puede ser un gran mazazo, que no podemos obviar por responsabilidad personal y colegiada.
En nuestro Ayuntamiento, ante la afirmación de “solo si me obliga la ley”, sin contar con nadie, se ha establecido un criterio de reparto de la carga del total del coste de todo el servicio de recogida, transporte y tratamiento de 4.309.637,42€, para la determinación de la carga y la cuota tributarias. El total del coste se ha establecido mediante la suma del coste de la organización del servicio: 3.022.437,76€ y del coste de la generación de residuos: 1.287.199,66€.
Esto supone un incremento de la presión fiscal tomando como referente los derechos reconocidos netos del IBI en el ejercicio cerrado de 2024 ( 13.725.875,76€ ) del 31,40% y en referencia a los ingresos corrientes tributarios y urbanísticos (29.949.648,99€) del 14,39%, incremento fiscal generalizado a través de una tasa, que es difícilmente asumible.
La posición clara de que esta realidad debe ser revisada de carácter general, para todo el territorio, previamente a la decisión última que pueda desprenderse de sentencias judiciales o modificaciones en la Ley, la capacidad de poder atenuar el incremento fiscal a los vecinos y vecinas, está en las manos del conjunto de la Corporación y la voluntad del Gobierno Municipal de hacer una planteamiento que efectivamente atenúe el esfuerzo económico exigido.
Nuestro Grupo Municipal votó en contra de la aprobación de la Tasa de Basura. Lo hicimos por entender que el proceso previo y la anticipación política ha brillado por su ausencia lo que nos ha traído a la urgencia y las prisas sin ninguna medida tomada para reducir residuos y, por consiguiente, la reducción de costes en la gestión, en el transporte y en el vertido; por la falta de consulta previa y de preparación en el tiempo para establecer un acuerdo consensuado que atenuara la carga fiscal; por no haber establecido criterios claros para determinar los esfuerzos que desde hace años venimos realizando los vecinos con la separación de residuos y por considerar que, a pesar de la dificultad de la aplicación, el resultado va a aportar desigualdad entre situaciones iguales y por entender que afectaba a la Autonomía Municipal y a las distintas posibilidades de atender un servicio obligatorio para los municipios.
Seguimos sin estar de acuerdo, por las mismas razones y establecemos como una salida necesaria e inmediata, algo que ya hemos trasladado verbalmente, cuando hemos tenido ocasión y a través de las alegaciones que presentamos, la necesidad urgentísima de establecer la forma de rebajar la presión fiscal que va a suponer para los propietarios de inmuebles y/o los inquilinos el cobro de la Tasa.
EL Ayuntamiento de Aranjuez, por distintas decisiones tomadas en distintos mandatos, ya no se encuentra en una situación tan crítica o terminal, como hace algunos años. Ha terminado con el pago de un crédito de 45 millones de euros, lo que libera anualmente al pago de 2,8 millones de euros, o la eliminación de las obligaciones de la cuenta 423, lo que en sí mismo supone un alivio para las cuentas municipales que podrían tener proyección en una rebaja fiscal, antes de que se apruebe un nuevo presupuesto que tenga que contar con el visto bueno del ministerio de hacienda.
En consecuencia, desde el Grupo Municipal de Coalición por Aranjuez, venimos a trasladar el siguiente RUEGO, con el objetivo de que se tenga en cuenta valorar todas y cada una de las posibilidades de revisión:
Señor Delegado de Hacienda, en representación del Gobierno Municipal usted ha trasladado públicamente, en más de una ocasión, así como en el pleno de la Corporación, que cuando la Ley deje de obligar a la implantación de la Tasa, usted la retiraría. Entendiendo que con esta afirmación usted traslada la posición contraria a la implantación de la misma, le proponemos que hasta que haya una resolución definitiva al respecto, aplique la revisión necesaria para eliminar la presión fiscal que supone la Tasa, revisando impuestos a la baja que en su conjunto suponga un equilibrio en la presión o bien atenúen esta considerablemente. De igual modo le rogamos que ante dificultades legales que suponga no poder aplicar esta revisión en tiempo y forma para el siguiente ejercicio, que los ingresos que se produzcan tengan su reflejo en acciones concretas que los vecinos y vecinas perciban como necesarias e imprescindibles, tras el pago de la tasa.
Aranjuez a 17 de noviembre de 2025 Ruego Escrito pleno mes de NOVIEMBRE
