OBJETIVO: Actuar de forma inmediata, dentro de los cauces que el Ayuntamiento tenga o busque para ello, en los inmuebles abandonados, especialmente en aquellos que su abandono estén en situación insalubridad.
Recientemente se ha aprobado la Ordenanza Municipal con el objeto de regular las condiciones de limpieza y mantenimiento de solares, parcelas y terrenos de propiedad particular situados en suelo urbano, con la aportación de los instrumentos administrativos legales, para que en caso de no atención a los requerimientos se pueda actuar desde el Ayuntamiento de forma subsidiaria.
Sin embargo, la realidad sobre los inmuebles que incumplen con las mínimas necesidades de decoro y salubridad, no cuenta con una ordenanza tan directa que solucione los problemas que ocasionan a los vecinos y a la ciudad el estado de abandono de muchos inmuebles.
Un caso muy llamativo, es el que se sitúa en la Calle Santiago nº 11, (del que adjuntamos fotografías) que se encuentra abandonado, siendo un foco de insalubridad por la acumulación de palomas, causa por la que distintos vecinos y vecinas se han dirigido a nosotros y suponemos que al resto de grupos y al propio Ayuntamiento.



De forma reiterada los vecinos de la calle y cercanos al inmueble nos vienen trasladando, personalmente y a través de quejas, que la situación es insoportable toda vez que el edificio está totalmente abandonado, que nadie aparece por el mismo y que, insistimos, se ha convertido en un refugio de palomas y con toda seguridad de otras especies animales, que no es compatible con la convivencia en la calle.
Desconocemos si el Ayuntamiento tiene abierto algún expediente o alguna incidencia, pero consideramos que esta situación lleva años y que el Ayuntamiento no puede quedarse al margen por el interés de los vecinos y vecinas y de la ciudad.
Venimos a presentar el siguiente ruego:
- Que el departamento de urbanismo junto con los servicios jurídicos abran un expediente con las incidencias que consideren, con el objetivo de localizar a los titulares del inmueble a través de departamento de rentas o del registro de la propiedad), para requerirles una intervención inmediata que asegure el edificio, que retire todos los peligros y que actúa sobre la plaga de palomas y otros animales que se alojen en el mismo.
- Que en caso de no atender el requerimiento o de no encontrar titular, que los servicios jurídicos indique la manera legal de que el ayuntamiento pueda intervenir de forma subsidiaria con los permisos pertinentes, para terminar con esta situación de abandono del inmueble y sus consecuencias.
- Que se elabore una Ordenanza Municipal en los mismo términos que la de Parques y Jardines, para que en todos los casos de abandono de inmuebles, se pueda actuar de forma inmediata y subsidiaria, con las consecuencias que debe tener para los propietarios o titulares del mismo.
Aranjuez a 6 de julio de 2026 Ruego Escrito pleno mes de JULIO