Objetivo: Valorar la reducción del tipo impositivo del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, y conocer las iniciativas que el Gobierno Municipal pretende poner en marcha en el ejercicio del 2026 para la reducción de residuos sólidos.
En el pasado pleno ordinario, del mes de noviembre, nuestro grupo municipal presentaba un ruego escrito, cuyo objetivo era el siguiente: “Valorar la revisión de las ordenanzas fiscales, especialmente el Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica, con el objetivo de rebajar el mismo en la misma cantidad o cercana, que atenúe la presión fiscal que supone el cobro de la Tasa de Basura. Que ante la dificultad de una aplicación inmediata de esta revisión, que los ingresos obtenidos supongan prestaciones perceptibles, por los vecinos y vecinas, acordes al esfuerzo fiscal que realizan”.
Planteábamos este ruego, tras el conocimiento de que, tanto la FEMP, inspectores de hacienda local y asociaciones de consumidores, así como partidos políticos de ámbito regional, como es Mas Madrid, Verdes Equo, han presentado reclamaciones o recursos a la Tasa de Basura.
Tan solo el hecho de que alguna revisión o declaración nula se pueda producir, supondría una situación muy complicada para el Ayuntamiento. Por esta razón y por los pronunciamientos por parte del Concejal Delegado y del Alcalde, sobre su posición clara de eliminar la Tasa, si la Ley se lo permite, en el pasado pleno le trasladamos el siguiente ruego a Delegado de Hacienda y que recordamos en la presente proposición:
Señor Delegado de Hacienda, en representación del Gobierno Municipal usted ha trasladado públicamente, en más de una ocasión, así como en el pleno de la Corporación, que cuando la Ley deje de obligar a la implantación de la Tasa, usted la retiraría. Entendiendo que con esta afirmación usted traslada la posición contraria a la implantación de la misma, le proponemos que hasta que haya una resolución definitiva al respecto, aplique la revisión necesaria para eliminar la presión fiscal que supone la Tasa, revisando impuestos a la baja que en su conjunto suponga un equilibrio en la presión o bien atenúen esta considerablemente. De igual modo le rogamos que ante dificultades legales que suponga no poder aplicar esta revisión en tiempo y forma para el siguiente ejercicio, que los ingresos que se produzcan tengan su reflejo en acciones concretas que los vecinos y vecinas perciban como necesarias e imprescindibles, tras el pago de la tasa.
Ante esta petición concreta, en dos aspectos, no obtuvimos una respuesta clara en referencia a la revisión necesaria para eliminar el incremento tan brutal de “la presión fiscal” que ha supuesto la aprobación de la Tasa de Basura, que afecta a familias y a autónomos y empresarios de la ciudad.
Ante la justificación de que se trata de una obligación y ante la inamovilidad por parte del Equipo de Gobierno, en referencia a los referentes para su aplicación, consideramos que se debe buscar alguna solución que, al menos, atenúe la carga que supone la imposición.
Recordamos que el referente para la cuota fija del recibo de los inmuebles de uso residencial es el valor catastral de este y lo es para la cuota fija y variable de los inmuebles de uso distinto al residencial, por lo que puede crear situaciones ajenas a la equivalencia que debiera tenerse en cuenta a la hora de valorar el potencial generador de residuos.
Desde nuestro Grupo Municipal, consideramos que el Ayuntamiento de Aranjuez está en condiciones de atenuar, en gran parte, esta situación abordando la revisión de la ordenanza fiscal del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI).
Una propuesta que consideramos puede aplicarse, antes de que una nueva revisión por parte de Hacienda se pueda producir sobre los ingresos y gastos de funcionamiento en el próximo presupuesto que se pretenda aprobar, es la que a continuación trasladamos:
El actual IBI Residencial tiene un Tipo Impositivo del 0,44 % y los IBI Diferenciales de Usos: Comercial, Industrial, Ocio-Hostelería y Oficinas tienen un Tipo Impositivo del 0,52 %; de Uso para la Enseñanza el tipo es del 1 %; de Uso Sanitario y de Beneficencia del 1,1%.
Tomando como referente el Tipo Impositivo del IBI Residencial del 0,44%, y teniendo en cuenta que el mínimo aplicable es del 0,4%, el máximo que se podría reducir sería el 0,04%, pasando del 0,44 al 0,40%. Esta reducción del 0,04%, supondría una reducción del total del tipo impositivo del 9,09%.
Si esta reducción del 9,09%, del tipo impositivo, se aplica a todos los de los IBIs Diferenciales, la propuesta quedaría de la siguiente forma:
- Usos: Comercial, Industrial, Ocio-Hostelería, Oficinas el tipo impositivo propuesto sería del 0,473%
- Uso: Enseñanza, el tipo impositivo propuesto sería del 0,909%
- Uso: Sanidad, Beneficencia, el tipo impositivo propuesto sería del 1,0001%
La reducción propuesta, que consideramos es la máxima que se puede aplicar, en referencia al IBI de naturaleza urbana y de forma equivalente a los IBIs diferenciales, es, como ya hemos trasladado del 9,09% de los tipos impositivos, lo que vendría a suponer que:
- Sobre el referente, más próximo, el de la cuenta general del 2024 en el que se aportó la información sobre los derechos generados (por el IBI de naturaleza urbana), en el citado ejercicio, fue de 13.725.875,76€, supondría una reducción de derechos de 1.247.682,11€, lo que viene a ser prácticamente la carga de generación residuos para la elaboración del referente del coste total de gestión a cubrir por la tasa de basura que recordamos que fue de 4.309.637,42€ (coste de organización del servicio: 3.022.437,76€; coste de generación de residuos: 1.287.199,66€).
En referencia a la segunda petición, trasladada en el ruego escrito del pasado pleno, en la que trasladábamos literalmente: “que los ingresos que se produzcan tengan su reflejo en acciones concretas que los vecinos y vecinas perciban como necesarias e imprescindibles, tras el pago de la tasa.
La respuesta por el Concejal Delegado de Hacienda la percibimos como enigmática, trasladando que el próximo año podremos percibir algo, lo que nos parece que no debe ser el camino adecuado, a pesar de que los grupos de la oposición no hemos aprobado la Tasa de Basura. Esto último no implica que no se pueda trabajar conjuntamente para ver qué iniciativas deben ponerse en marcha para que los recursos económicos que queden disponibles, tras el cobro de la misma, tengan como resultado el objetivo claro de reducción de residuos que deben al vertedero.
Desde nuestro grupo y desde otros grupos, ya hemos trasladado algunas iniciativas, la primera y principal la negociación con las empresas que se están ocupando de los residuos reciclables: cartón, vidrio, plásticos y otros envases, así como los restos de poda; control y bonificación por los residuos orgánicos; impulso de un centro comarcal de residuos vegetales; acuerdo con centros comerciales y empresas para la instalación de máquinas para el depósito de plásticos y otros envases e impulso de espacios de elaboración de compostaje para el uso del municipio.
En consecuencia y tras lo trasladado, esperando que esta sea una preocupación compartida, venimos a proponer para su debate y aprobación, si procede:
- Que se elabore un informe técnico, económico y jurídico, cuyo objeto sea dar soporte para la revisión de la Ordenanza Fiscal del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, valorando la propuesta que a modo de ejemplo se ha trasladado en la parte expositiva, con el objetivo inmediato de la aprobación consensuada, que se considere, para atenuar la presión económica que supone la Tasa de la Basura para los vecinos y vecinas.
- Que el Gobierno Municipal, comparta con el conjunto de los Grupos Municipales las iniciativas que pretende poner en marcha para conseguir que los vecinos perciban que el pago de la Tasa de Basura, tiene un fin y objetivo claro de reducir los residuos que desde nuestra ciudad mandamos al vertedero, lo que supondría una reducción cierta de los costes de organización del servicio y de generación de residuos.
En Aranjuez, 8 de diciembre de 2025 Proposición GM CpA pleno ordinario DICIEMBRE
