Objetivo: Manifestar nuestro compromiso político y personal con todas las normas que regulan la protección de los menores, sean las circunstancias que sean por las que precisan esta protección, sean del país que sean. Manifestar nuestra solidaridad y compromiso con la Comunidad Autónoma de Canarias y con las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
La grave situación que afecta a los niños y niñas en Canarias, Ceuta y Melilla debido a la emergencia migratoria, es de conocimiento público gracias a los medios de comunicación. Estos menores, que huyen de la pobreza, las guerras y las consecuencias del cambio climático, han emprendido una peligrosísima travesía que ha dejado importantes secuelas físicas y emocionales en muchos de ellos. La saturación de los recursos gestionados por los Gobiernos de Canarias, Ceuta y Melilla impide ofrecer una atención adecuada a estos niños, lo que agrava aún más su vulnerabilidad. Los centros de acogida están completamente desbordados, el aforo de estos sobrepasa, con creces, su capacidad, como consecuencia los recursos asistenciales que se ofrecen no son ni efectivos ni suficientes.
Bajo esta situación se colectiviza a los migrantes, en lugar de presentarles como niños y adolescentes con necesidades de una atención personalizada. Parece obviarse el hecho de que no dejan de ser chicos y chicas, en su gran mayoría entre 12 y 17 años. Menores, cuyo desarrollo óptimo como jóvenes que son, es imposible que se pueda producir en centros saturados y sin recursos adecuados.
No deberíamos de tener que recordar, pero lo haremos tantas veces como sea necesario, que la protección del interés superior del menor se configura como un principio rector fundamental en la actuación de los poderes públicos. Este principio está consagrado en diversos Tratados Internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño. En su artículo 3.1, se establece que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a la que se atendrá será el interés superior del niño”.
Dicha obligación se concreta en nuestra Constitución en el artículo 39.4, que recuerda que “los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”. Además, este principio ha sido reforzado en normas posteriores, como la Ley Orgánica 8/2021 de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia.
En coherencia con lo indicado, los niños y niñas no acompañados tienen los mismos derechos que los niños y niñas españoles. Por lo tanto, es imperativo proteger sus derechos estableciendo mecanismos vinculantes y solidarios que garanticen su bienestar y desarrollo integral. Hecho que no puede ni debe ser rechazado por ningún cargo público, ni partido político constitucionalistas y respetuoso con los derechos humanos, con los derechos del niño.
España cuenta con los recursos necesarios para atender adecuadamente a la infancia migrante que llega en condiciones de extrema vulnerabilidad. Es necesario implementar políticas efectivas y coordinadas a nivel estatal y autonómico para asegurar que estos menores reciban la protección y el cuidado que merecen. La creación de una red de apoyo que involucre a diversas instituciones y organizaciones puede ser clave para proporcionar un entorno seguro y favorable para su desarrollo.
La colaboración de todas las administraciones en este asunto es una responsabilidad social. Es imperativa una acogida y protección digna de los menores migrantes no acompañados. Esto implica centros no saturados y la garantía de un entorno favorable en sus vidas. Implica agilizar los trámites burocráticos que afectan a los menores, evitándoles un futuro a la deriva constante que agrave su sufrimiento.
En este sentido, es fundamental que las autoridades locales, autonómicas, nacionales y europeas trabajen de manera conjunta y solidaria para responder a esta emergencia humanitaria. Solo a través de la cooperación y el compromiso podremos garantizar que los derechos de estos niños y niñas sean plenamente respetados y protegidos.
La protección del interés superior del menor no es solo un mandato legal, sino un imperativo moral que exige una respuesta inmediata y eficaz. Cada día que pasa sin una solución adecuada, se pone en riesgo el futuro y el bienestar de miles de niños y niñas. No podemos permitir que esto continúe. Actuemos ahora con responsabilidad y humanidad.
Por todo lo anteriormente expuesto, se propone al Pleno de la Corporación el siguiente acuerdo:
- El Pleno del Ayuntamiento de Aranjuez muestra su apoyo a la modificación del artículo 35 de la ley 4/2000 para establecer mecanismos vinculantes y solidarios que ayuden a garantizar los derechos de la infancia migrante.
- Instar a la Comunidad de Madrid a que cumpla con los acuerdos establecidos el año pasado para el acogimiento de menores no acompañados, y con los nuevos compromisos de la Conferencia Sectorial de Infancia celebrada en Canarias en julio de 2024.
- Instar al Ministerio de Infancia y Juventud a que siga impulsando medidas para garantizar los derechos de las niñas y niños migrantes.
- Remitir dicho acuerdo al Ministerio de Juventud e Infancia.
- Instar a los grupos parlamentarios del Congreso de los diputados a apoyar la modificación del artículo 35 de la Ley de Extranjería, relacionada con los menores no acompañados.
- Ofrecer nuestro municipio como lugar de acogida en los términos que permitan nuestras posibilidades, solicitando los recursos necesarios para ello.
En Aranjuez, 17 de septiembre de 2024 Proposición GM CpA pleno ordinario septiembre