En el pleno extraordinario y urgente del martes día 5 de noviembre, los concejales y concejalas del Partido Popular y de Vox del Ayuntamiento de Aranjuez, han aprobado con su mayoría absoluta la imposición de la Tasa de Basura, aplicando solo sus únicos criterios, y con la posición contraria del resto de grupos municipales.

No ha habido un trabajo responsable compartido con la oposición con el tiempo suficiente, para poder valorar, dentro de las posibilidades, una propuesta equivalente, equilibrada, consensuada y capaz de reconocer de forma adecuada los esfuerzos que se realizan por reciclar. Tampoco se ha contado con un mínimo informe de impacto económico de cara a las distintas actividades sectoriales de nuestra ciudad.

La Ley 7/2002 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular, aprobada en el Congreso de los Diputados con la abstención del Partido Popular, es decir, con el visto bueno indirecto, estableció un período de tres años para la puesta en marcha de una tasa con el criterio de quien contamina paga.

Lejos de atender esta situación, habiendo tomado decisiones durante estos tres últimos años, el gobierno del PP y Vox en el Ayuntamiento de Aranjuez, han esperado hasta la última hora y el último minuto, para aprobar una Tasa de Basura, tremendamente injusta, bajo la excusa, ya manida de que la culpa es del Presidente del Gobierno. La culpa es de quienes han estado en los gobiernos municipales durante estos últimos años y nada han hecho por facilitar el reciclaje a los vecinos y vecinas. No es culpa de los vecinos y vecinas que no hayamos contado con puntos para el compostaje colectivo, no ha sido culpa de los vecinos y vecinas, ni de los distintos negocios, que no se haya trabajado para contar con un proceso de recogida que pudiera determinar el volumen de reciclaje y, por consiguiente, situarnos en mejores condiciones, no solo para con nuestro medioambiente, también para la aplicación de la tasa. NADA.

NADA se ha hecho por contar con la opinión de los vecinos y vecinas, sobre las posibilidades de atenuar el reparto de la menor carga. Nada se ha trasladado ni debatido con las asociaciones de vecinos y vecinas, nada con el tejido empresarial y social, nada con las grandes empresas, nada, en definitiva, con el tejido asociativo representativo de nuestra ciudad. Por cierto, el mes de alegaciones, no es un mes de consultas, lo es de alegaciones técnicas, el periodo de consultas es previo y no han contado con él, bajo el pretexto de que la Ley no obliga.

Ante este concepto de participación ciudadana, “solo si me obliga la ley”, sin contar con nadie, se ha establecido un criterio de reparto de la carga del total del coste de todo el servicio de recogida, transporte y tratamiento: 4.309.637,42€ y criterios para la determinación de la carga y la cuota tributarias.

El total del coste se ha establecido mediante la suma del coste de la organización del servicio: 3.022.437,76€ y del coste de la generación de residuos: 1.287.199,66€. Esta diferenciación ha determinado unas CUOTAS FIJAS Y VARIABLES, en función de inmuebles residenciales y no residenciales.

CARGA TRIBUTARIA: Para determinar el volumen que pudiera corresponder a los inmuebles residenciales y no residenciales, se ha tomado como referente el total de metros cuadrados de todos en conjunto, estableciendo un porcentaje lineal y directo sobre los metros cuadrados de cada uno de ellos, sin contar con la singularidad de estos. Los porcentajes aplicables para inmuebles residenciales será del 64,687%, y del 35,313% para los no residenciales. Estos mismo, se aplicarán para el reparto de los costes de organización del servicio, que determinará la Cuota Fija y de generación de residuos, que determinará la Cuota Variable.

CUOTA FIJA: corresponde al pago de los vecinos y vecinas en función del uso del inmuebley la organización del servicio, determinando el reparto de la carga en función de los metros, para posteriormente tomar como multiplicador el valor catastral del inmueble.

  • Residencial: 0,00086056 por el valor catastral del inmueble.
  • No Residencial: 0,00130781 por el valor catastral del inmueble.

CUOTA VARIABLE: corresponde al pago de los vecinos y vecinas en función del uso del inmueble y la generación de recurso, determinando el reparto de la carga en función de los metros, para posteriormente tomar multiplicador el valor catastral de los inmuebles no residenciales y las personas empadronadas de los inmuebles residenciales.

  • Residencial: 12,70€ por persona empadronada
  • No Residencial: 0,00055697 por el valor catastral del inmueble.

La norma dicta que se pueden establecer exenciones, los concejales del PP y Vox no han establecido ninguna exención, que podrían haberse determinado para familias y actividades, en función de un criterio claramente definido en la Ley, como es el de capacidad económica, tanto para familias como para autónomos y otras empresas.

Se han establecido supuestos de no sujeción: inmuebles que hayan sido declarados en ruina, solares, garajes individuales vinculados a inmuebles de uso residencial, ni trasteros con las mismas características (sin determinar como aplicar esta no sujeción, cuando el garaje o trastero estén incorporados en el valor catastral, y no cuenten con determinación separada), y los supuestos por gestor autorizado.

En relación con las bonificaciones de la tasa, todos los supuestos aprobados son claramente insuficientes, cicateros y poco comprometidos con la situación de las personas y de las familias y con el reciclaje. La Ley establece que se debe aplicar una reducción a aquellas personas o familias que evidencien falta de recursos económicos, teniendo en cuenta las circunstancias de que el contribuyente sea beneficiario de una renta mínima de inserción o que los ingresos de su unidad familiar no superen el importe del salario mínimo interprofesional en función del número que componga la familia, pero NO SE HA TENIDO EN CUENTA NINGUNO DE ESTOS INDICADORES sociales, a pesar de que es una de las situaciones en las que la Ley plantea que se puede bonificar en función de lo que se determine en cada administración local. Hay ayuntamientos que han determinado bonificaciones del 50% y más para familias en situación de riesgo de exclusión social. En Aranjuez el  PP y Vox han aprobado un 25% de la cuota total, cuando el margen puede ser mucho mayor.

En referencia al reciclaje, objetivo principal, no se ha tenido en cuenta el esfuerzo que todos los vecinos y vecinas realizamos, y solo se establece una bonificación de un 10% sobre la cuota a las familias que acrediten la instalación de compostaje doméstico o comunitario, irrisorio, como lo es lo establecido para los comercios  y restaurantes, una bonificación del 25%. Eso sí, se han establecido bonificaciones de hasta el 40% y el 60% para familias numerosas, en la cuota variable, sin tener en cuenta su capacidad económica.

EJEMPLO DE LA TASA:

            Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, de unos 75 m2, que en función de la zona puede variar su valor catastral, pero estableciendo una media aproximada de 50.000€, la cuota a pagar sería de (50.000×0,00086056) + (12,70×4) = 93,828€.

            Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, de unos 100 m2, que en función de la zona puede variar su valor catastral, pero estableciendo una media aproximada de 70.000€, la cuota a pagar sería de (70.000×0,00086056) + (12,70×4) = 111,04€.

            Familiar: Vivienda con 4 personas empadronadas, y con un valor catastral de 100.000 € (aprox 140m2), la cuota a pagar sería de (100.000×0,00085056) + (12,70×4) = 135,86€

            No Familiar: Local de unos 75 m2, cuyo valor catastral puede variar en función de la zona, pero estableciendo un valor medio de 31.000€, la cuota a pagar es de (31.000€x0,00186478) = 57,81€, independientemente de su actividad.

            No Familiar: Local de unos 100 m2, cuyo valor catastral puede variar en función de la zona, pero estableciendo un valor medio de 50.000€, la cuota a pagar sería de (50.000€x0,00186478) = 93,24€

            No Familiar: Local con un valor catastral de 100.000€ (aprox 250m2), la cuota a pagar sería (100.000×0,00186478) = 186,48€

La principal duda, que nos surge al respecto, es que el valor catastral no es el único indicador de capacidad económica, el valor catastral que se toma como referente patrimonial para la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, está establecido en función de la antigüedad de la vivienda o del local, la zona donde esté ubicado, etc., por lo que nos podemos encontrar que locales y viviendas de las mismas dimensiones, en distintas zonas de Aranjuez, tengan valores catastrales muy distintos, y que la capacidad económica de sus propietarios, no podrá establecerse única y exclusivamente con indicador de capacidad económica. Hay una variable que es igual para todos, y coeficientes que se podría haber aplicado en base a las zona de ubicación del inmueble y la actividad de este.  NADA SE HA HECHO AL RESPECTO Y NADA SE HA TENIDO EN CUENTA, PARA ESTABLECER UNA CUOTA MÁS JUSTA.

Un local en el centro de la ciudad, en el Casco Antiguo,  de unos 100 m2, donde se lleve a cabo una actividad de restauración o bar, con una terraza de unos 10, 20, 30, 40 m2, solo pagará por el local y el valor catastral de este. Siendo un local relativamente antiguo, su valor catastral será más bajo que el de otro de otra zona con las mismas dimensiones pero con un valor más actualizado y sin terraza en dominio público. Este segundo, más pequeño, sin terraza en la calle, pagará bastante más que el primero, con menos espacio para su actividad, potencialmente generando menos residuos. Del mismo modo, viviendas antiguas de 75 ó 100 m2 pagarán bastante menos que viviendas más nuevas con los mismos metros.

Nuestro Grupo Municipal ha votado en contra de la aprobación de la Tasa de Basura, por la falta de consulta previa y de preparación en el tiempo, por inducir a lo extraordinario y urgente, y, decididamente, por criterios para el establecimiento de la cuota injustos y poco articulados, así como por incorporar exenciones no explícitas, o bonificaciones cicateras e incomprensibles, no teniendo en cuenta situaciones familiares con todas las opciones que se podrían plantear, y por no compensar claramente el esfuerzo de reciclaje de los vecinos y vecinas por falta absoluta de previsión políticas de quienes hoy aprueban este TASAZO. NO ESTAMOS DE ACUERDO Y EXIGIREMOS SU REVISIÓN, ASÍ COMO BUSCAR FORMAS DE PARA REBAJAR LA PRESIÓN FISCAL. EL PP Y VOX, HAN APROBADO LA MAYOR PRESIÓN FISCAL PARA LAS FAMILIAS EN SOLO EJERCICIO, SIN NINGUNA REDUCCIÓN DE OTROS IMPUESTOS, Y SOLO ELLOS SON LOS RESPONSABLES.

En Aranjuez a 5 de noviembre de 2024

                                                           GRUPO MUNICIPAL DE COALICIÓN POR ARANJUEZ.

por CPA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *